Los nuevos peajes eléctricos, al detalle

LA CIRCULAR DE PEAJES ELÉCTRICOS El BOE del pasado 24 de enero de 2020 recoge la Circular 3/2020 por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad, de enorme calado, al afectar a todos los agentes del sector, consumidores de energía eléctrica de todo el territorio español inclusive. Esta Circular establece cómo se tienen que repartir el coste de las redes entre los consumidores, manteniendo el criterio actual de hacerlo en función de la potencia y de la energía que se consume. Si bien, podríamos decir que las diferencias acaban prácticamente ahí, ya que por fin los peajes se separan de los cargos, los cuáles vendrían a cubrir otros costes del sistema que dependen de la política energética, como el pago del déficit de tarifa y las primas a las renovables, y que estarían definidos por el gobierno en lugar de por la CNMC. Estos cargos generan mucha incertidumbre al carecer de metodología. Centrándonos en los peajes, el criterio para establecerlos es la asignación, a cada consumidor, de una categoría de peajes, similar a las tarifas de acceso actuales y establecidas fundamentalmente según el nivel de tensión de la red…

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La nueva norma de autoconsumo, explicada al detalle

  • Categoría de la entrada:Autoconsumo

Este sábado pudimos encontrar en el BOE la publicación Real Decreto 244/2019, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica. No es trivial recordar de dónde venimos. La Ley del Sector Eléctrico, en su dicción original, definía el autoconsumo como el consumo de energía eléctrica proveniente de instalaciones de generación conectadas en el interior de una red de un consumidor o a través de una línea directa. De todos es conocido que, con posterioridad, un polémico e impopular peaje de respaldo (coloquialmente conocido como impuesto al sol) gravaba la energía autoconsumida por ciertos consumidores que optaban por promover este tipo de alternativas. El Real Decreto que nos ocupa establece que la energía autoconsumida de origen renovable, cogeneración o residuos, está exenta de cualquier tipo de cargo y peaje, con el fin de desarrollar la actividad del autoconsumo a través de las citadas tecnologías de generación de electricidad. Con la nueva norma nos encontramos, como puntos más destacables: Una nueva definición de autoconsumo: El consumo por parte de uno o varios consumidores de energía eléctrica proveniente de instalaciones de generación próximas a las de consumo y asociadas a las mismas.Se establecen dos modalidades…

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Las implicaciones para consumidores y comercializadores de las pérdidas de energía del Sistema Eléctrico

En la red eléctrica siempre se producen pérdidas de energía, por diversos motivos que podemos simplificar en dos: por cuestiones técnicas (líneas eléctricas, transformadores, etc.) y por anomalías o fraudes (es decir, por fallos o manipulaciones de los contadores que provocan que no midan correctamente la energía consumida). Estas pérdidas de energía lo que provocan es que la energía demanda y medida por los contadores de los consumidores sea diferente (menor) a la energía generada por las instalaciones de producción, que tienen que satisfacer tanto la demanda de energía de los consumidores del sistema eléctrico, como las pérdidas de energía que existen en el mismo. El efecto y perjuicio económico de estas pérdidas de energía se socializa entre el conjunto de los consumidores de electricidad obligando a los mismos (o a las compañías comercializadoras que les suministran) a adquirir en el mercado de producción de electricidad la energía que tienen previsto demandar elevada a barras de central de producción, es decir, incrementada en la parte proporcional de pérdidas de energía que les corresponda. Situación anterior Para elevar el consumo de energía a barras de central, hasta Mayo de 2014 existían unos coeficientes de pérdidas estándares, que dependían de la tarifa…

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Consumidor Directo en Mercado

En la actualidad se disponen de diversas estrategias para el aprovisionamiento de electricidad, actuando tanto como consumidor suministrado por un comercializador o como Consumidor Directo en Mercado. Mercado Minorista Habitualmente, los consumidores de todo tipo, como viviendas, negocios, industrias, etc. trabajan con empresas comercializadoras (en lo que se conoce como el mercado minorista) que les facturan un precio variable (o indexado, donde también se encuentra el PVPC – Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor), un precio fijo o una combinación de ambos. Estas comercializadoras son las que intermedian con el resto de agentes del sector. Mercado mayorista No obstante, existe otra opción que es la de acudir directamente al mercado mayorista, empleando una figura regulada en la Ley del Sector Eléctrico conocida como Consumidor Directo en Mercado. Aunque verdaderamente cualquier tipo de consumidor puede actuar de este modo, por sus características sólo suele ser aconsejable para grandes consumidores o agrupaciones de medios y pequeños consumidores bajo una misma titularidad, cuyo conjunto supere los 4 GWh de consumo anual y que dispongan de registro horario de consumo y telemedida. El mercado mayorista, al igual que los productos indexados estándar del mercado minorista, dispone de un precio variable, diferente en cada hora,…

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